Ley 21.420: Modificaciones a la Ley del IVA - Facele Chile

Ley 21.420: Modificaciones a la Ley del IVA

Publicado el 28 noviembre, 2022 Ley 21.420: Modificaciones a la Ley del IVA

 

Descubre todo lo que hay que saber de la Ley No. 21.420, donde las prestaciones de servicios estarán afectas a IVA a contar de Enero 2023. En este presente artículo entraremos a revisar las modificaciones a la Ley del IVA a partir del primer día de Enero del 2023.

En resumen, las prestaciones de servicios, que actualmente no están clasificadas para ser gravadas con IVA, tendrán que modificarse y pasar a considerarse como afectas a este impuesto.

Principales modificaciones a la Ley del IVA en materia de prestación de servicios

Los puntos más importantes de esta modificación a la Ley del IVA para esta sección de prestación de servicios profesionales son las siguientes:

  • Anteriormente la Ley 21.420 clasificaba las prestaciones de servicios en distintos grupos, dejando sólo algunos de ellos afectos del IVA y a la gran mayoría exentos de este impuesto. La modificación, por lo tanto, eliminó esta clasificación y establece que todos los servicios se encontrarán afectos al IVA a partir del primero de Enero del 2023.
  • Todos los servicios serán gravados con IVA a partir del 1ro de Enero sin importar sí son prestados por una persona o una empresa. Sin embargo, se podrá aplicar una exención a los servicios prestados por personas naturales, ya sea, que se presten de forma independiente con boleta de honorarios, o en virtud de un contrato de trabajo con liquidación de sueldos.
  • Las sociedades de personas que estén constituidas como sociedades de profesionales y que emiten boleta de honorarios por sus servicios, también podrán aplicar a las exenciones de IVA, sin importar que hayan optado por declarar sus rentas bajo las normas de la primera categoría.
  • La ley del IVA también considera que, aunque haya ciertos servicios que a pesar de quedar gravados con IVA se podrán aplicar las respectivas exenciones. Algunos casos para estas prerrogativas son los servicios educacionales, de salud, transporte de personas, arriendo de inmuebles sin amoblar, entre otros.
  • Es muy importante que las empresas que actualmente prestan servicios exentos de IVA soliciten al SII la habilitación de su giro afecto y comiencen a emitir facturas con IVA desde el primero (1) de Enero del 2023.
  • Además, se deberá informar a sus clientes que a partir de esta fecha y por disposición de la Ley 24.420 se recargará el valor de sus servicios correspondientes al 19% correspondiente al impuesto del IVA. 

Exención de IVA para las sociedades de profesionales

Según el numeral 8 de la letra E) del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, las sociedades profesionales quedan exentas del IVA siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

  • Que se encuentren conformadas por personas naturales que trabajen efectivamente en la sociedad, sin que sea posible la participación de socios capitalistas.
  • Se deben dedicar a prestar servicios o asesorías profesionales, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales.
  • El conjunto de los ingresos que percibe la sociedad no debe exceder un 10% del total de sus ingresos brutos del giro de alguna de las actividades contenidas.

Estos criterios están definidos por el proyecto de la reforma tributaria que conceptualiza lo que se debe entender por Sociedad de Profesionales y en ella podrá profundizar completamente sobre sus requisitos.

Nuevos servicios que estarán afectos con IVA a contar del 01 de Enero de 2023: 

A continuación, presentaremos algunos de los servicios que con la modificación tributaria estarán afectos a IVA, salvo que puedan acogerse a alguna de las exenciones que la ley contemple: 

  • Servicios de consultoría realizados por empresas (ingeniería, contabilidad, legales, otros).
  • Servicios de cobranzas.
  • Servicios de administración y dirección.
  • Servicios de diseño.
  • Servicios de desarrollo de software.
  • Servicios audiovisuales.
  • Servicios de domicilio virtual, entre otros.

Esta modificación ya se encuentra habilitada en nuestra solución de Facturación Electrónica. Con Facele tu sistema tributario está siempre actualizado. 

Ley No. 21.420: Prestaciones de servicios estarán afectas a IVA a contar de Enero 2023

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